Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1491/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.5.
II.5. Mediante Resolución 30/2014 de 26 de enero de 2014, el Juez demandado rechazó la recusación interpuesta en su contra, argumentando que lo expresado por el Ministerio Público no es evidente debido a que su persona no tendría ningún tipo de enemistad con la recusante disponiendo la remisión de antecedentes ante el Tribunal Departamental de Justicia para su consideración, y del cuaderno de control jurisdiccional al Juzgado de turno de El Alto a objeto de que resuelva la situación procesal del imputado (fs. 16 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Marco legal y jurisprudencial del trámite procesal de la recusación en materia penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- CONFIRMAR en todo