SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1491/2014
Fecha: 16-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que la autoridad demandada vulneró su derecho a la libertad debido a que, desde que fue trasladado a su despacho el 25 de enero de 2014 hasta el momento de la interposición de la presente acción de libertad, no definió su situación jurídica, habiendo sobrepasado más de las 24 horas que establece el Código de Procedimiento Penal, transcurriendo superabundantemente el plazo para decidir su situación jurídica, se habrían vulnerado sus derechos constitucionales y particularmente, su derecho a la libertad. Asimismo, aduce que si bien la representante del Ministerio Público presentó recusación contra el Juez Décimo Primero de Instrucción en lo Penal a horas 18:15, el Juez tuvo el tiempo suficiente para decretar el traslado del caso al Juzgado de turno de El Alto, para realización de la audiencia de medidas cautelares.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Marco legal y jurisprudencial del trámite procesal de la recusación en materia penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- CONFIRMAR en todo