Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1496/2014
Fecha: 16-Jul-2014
a)
Weimar Arturo Padilla Cortez, Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, mediante informe presentado el 19 de noviembre de 2013 (fs. 149 y vta.) manifestó: a) No se puso en entredicho el domicilio de la entidad demandada, sólo versó en relación al representante legal; y, b) Efectuó una exposición de motivos sobre los artículos referentes a la citación, para finalizar indicando que debería habérsele citado conforme a los arts. 123 o 124 del Código de Procedimiento Civil (CPC), pero nunca por el art. 121 del citado cuerpo legal.
- acción de amparo constitucional
- devolvía la Cédula de Notificación toda vez que el Sr. VIKRANT KUMAR GUJRAL se encontraba fuera del país”
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- III.2. Análisis del caso concreto
- o anularen el proceso
- CONFIRMAR