AUTO CONSTITUCIONAL 0218/2014-RCA
Fecha: 22-Ago-2014
I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
Por memoriales presentados el 25 de julio de 2014, cursante de fs. 687 a 698, y de subsanación de 31 del mismo mes y año (fs. 715 a 717), el accionante manifestó que dentro el proceso penal seguido en su contra a denuncia de Faustino Cuchallo Medina y querella de Lily Cortéz Cuchallo, por la supuesta comisión del delito de robo agravado, el 27 de noviembre de 2013, planteó incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, ante el Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, solicitando expresamente se oficie al Tribunal Supremo de Justicia, haciendo conocer ese aspecto, al encontrarse en trámite el recurso de casación en su Sala Penal Liquidadora.
Alega que los Magistrados de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia emitieron el Auto Supremo 01/2014 de 6 de febrero, ordenando la admisibilidad excepcional del recurso de casación formulado contra la Sentencia condenatoria dictada en su contra para la verificación de defectos absolutos; y, sin haberse previamente resuelto el incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso que interpuso, la misma Sala pronunció el Auto Supremo 45/2014 de 20 de febrero, declarando infundado el recurso de casación, vulnerando sus derechos fundamentales e inobservando los principios de seguridad jurídica y de legalidad.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- A momento de considerar la legitimación pasiva de autoridades públicas en razón a cambios continuos de la administración pública es posible demandar contra el cargo o la función pública en cuyo ejercicio pudieron cometerse los actos violatorios denunciados, al no ser atinente a la voluntad del accionante el cambio de servidores públicos, por ello tampoco sus derechos pueden quedar en suspenso por el cambio de autoridades y servidores públicos'
- 'La legitimación pasiva
- por no
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión