Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0249/2014-CA
Fecha: 01-Ago-2014
I.2. Respuesta a la acción
Corrida en traslado por proveído de 2 de abril de 2014 (fs. 32 vta.), no cursa la contestación por parte de Rubén Dario Antelo Tababary; empero, en el exordio de la Resolución 167/14 de 11 de abril de 2014 (fs. 56 a 57 vta.), se señala que: “La parte demandada se opone indicando que no se aplica al presente caso pues los Aranceles Judiciales no tienen relevancia en el fondo del asunto” (sic).
- Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Beni
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- promovió
- 1.4. Trámite Procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.3.1. Otras consideraciones.
- REVOCAR