Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0249/2014-CA
Fecha: 01-Ago-2014
II.2. Marco normativo constitucional y legal
Por su parte el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo) concordante establece que la acción de inconstitucionalidad concreta: “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Beni
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- promovió
- 1.4. Trámite Procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- II.3.1. Otras consideraciones.
- REVOCAR