Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0273/2014-CA
Fecha: 20-Ago-2014
II.2. Marco normativo constitucional y legal
Por su parte, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo.) establece que la acción de inconstitucionalidad concreta: “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.