AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2014-O
Fecha: 11-Ago-2014
a)
Sergio Cardona Chavéz y Edgar Carrasco Sequeiros, Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en su informe recibido en este Tribunal el 18 de julio de 2014, expresaron: a) Habiéndose resuelto la calificación de daños civiles mediante Auto 102 de 11 de abril de 2014, se ordenó la remisión del expediente original al Tribunal Constitucional Plurinacional el 5 de junio del citado año; b) Contra dicha calificación de daños civiles, la accionante interpuso únicamente recurso de aclaración, complementación y enmienda, que fue resuelto por Auto 83 de 2 de junio del referido año, sin que exista impugnación contra las referidas Resoluciones en los plazos previstos por ley; y, c) En cuanto a la restitución de los puestos “12-B” y “33-B”, el 5 de julio “mediante inspección para su entrega” (sic), no se pudo dar cumplimiento al no estar presente el tercero interesado, Adalberto Yelio Salas Benegas.
- denuncia por incumplimiento
- I.1. Contenido de la denuncia
- I.3. Informe del Tribunal de garantías
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1.Sobre el cumplimiento de las Resoluciones constitucionales y sobre la calificación de daños y perjuicios
- Fragmento 13
- Ministerio Público
- Fragmento 15
- III.2. Análisis de la denuncia