SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1549/2014
Fecha: 01-Ago-2014
concedió
El Juez Segundo de Partido, Mixto y Sentencia Penal de Llallagua del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 18 de diciembre de 2013, cursante de fs. 7 a 8, concedió la tutela solicitada, disponiendo la libertad inmediata del menor, con los siguientes fundamentos: 1) El funcionario policial, Omar Silva, se hizo presente en el domicilio del menor AA y procedió a arrestarlo sin orden ni mandamiento emitido por autoridad competente, toda vez que no existe ningún proceso penal iniciado en contra del mismo; 2) En el presente caso, no se dio a conocer al Juez del menor el arresto realizado, no se observó ni se dio cumplimiento a lo establecido por el Código Niño, Niña y Adolescente, lo que determina que la privación de libertad del menor haya sido ilegal; y, 3) Según se advirtió, el menor fue puesto en libertad el día de celebrada la audiencia a horas 10:00, lo que demuestra claramente, que la detención fue arbitraria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2
- 3) Dimensión complementaria de la acción de libertad innovativa. Una vez determinada la vulneración del derecho, aun habiendo cesado el acto ilegal, la acción de libertad innovativa debe determinar la responsabilidad, las medidas preventivas y la reparación de los daños, mediante los mecanismos más idóneos para lograr la restitución del equilibrio para el conjunto de la sociedad y para las partes de manera integral y complementaria.
- III.3. De la detención a menores infractores
- III.4. El derecho a la libertad física y su protección
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo