SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1558/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1558/2014

Fecha: 01-Ago-2014

Fragmento 4

Cristina Cerruto Ticona, Presidenta del Consejo Académico de ANAPOL a través de informe de 8 de enero de 2014, cursante de fs. 352 a 353., sostuvo: 1) El 7 de diciembre de 2012, el Consejo Académico de la ANAPOL emitió la RA 263/2012, en la que resolvió autorizar la revisión de los exámenes de segunda instancia (desquite) del segundo semestre de la gestión 2012, en la que se consignó el nombre de la accionante. Disponiendo que la revisión sería realizado entre el Docente de la materia y la Dama Cadete, designándose como veedor al Jefe DIOPES o DACA de la ANAPOL; 2) El 10 de diciembre de 2012, en cumplimiento a la RA 263/2012 del Consejo Académico de la ANAPOL, a solicitud de la Dama Cadete se procedió a la revisión de notas de la materia de Estadística I, examen de segunda instancia donde se consignó ratificar la nota de 30 (treinta); y, 3) Por RA 349/12 de 11 de diciembre, se resolvió disponer su retiro definitivo (baja) de la ANAPOL, del Primer Curso “A” por haber reprobado en el examen de segunda instancia en la asignatura de Estadística I, materia correspondiente al segundo semestre de la gestión 2012 en mérito al informe 282/2012 emitido por Rolando Montaño Fernández, Jefe DACA ANAPOL y Rensso Mercado Heredia, Jefes DIPES ANAPOL, conforme al art. 22 (Evaluaciones y ponderaciones) numeral 3, inc. a), art. 23 (Reprobación en los niveles de formación pregrado y postgrado), art. 24.1 inc. a) (Retiro), del Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial, aprobado mediante Resolución Suprema 222297 de 18 de febrero de 2004.