Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1622/2014
Fecha: 19-Ago-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante, alega la vulneración de sus derechos a la “vida”, a la libertad física y de locomoción, a una justicia pronta y oportuna, el debido proceso, citando al efecto los arts. 13.I, 22, 23.I y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 3 y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.