Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1641/2014
Fecha: 21-Ago-2014
CONFIRMAR
Por lo expuesto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve CONFIRMAR la Resolución de 5 de febrero de 2014, cursante de fs. 107 a 115, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, conforme a los fundamentos expuestos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 'A lo principal y al otrosí 2.- Se tiene presente el comprobante de caja adjunto y, estese a lo determinado en audiencia de la fecha'
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La aprehensión por rebeldía y los supuestos de comparecencia del rebelde en el proceso penal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR