SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1690/2014
Fecha: 29-Ago-2014
Fragmento 3
Respecto a las Disposiciones Transitorias Segunda y Cuarta de la LEA, afirma que la previsión afecta el valor, principio, garantía y derecho a la igualdad, seguridad jurídica e irretroactividad de la leyes, argumentando que al disponerse de manera obligatoria e imperativa un nuevo registro, no se considera que actualmente existen profesionales abogados que ya se encuentran debidamente registrados y habilitados por los Colegios de Abogados para el ejercicio de la profesión, el nuevo registro implica nuevas condiciones, cargas administrativas y económicas; por lo que debe, ser aplicado para los abogados y abogadas que recién obtuvieron su título o que habiéndolo obtenido con anterioridad no se registraron ni matricularon; además, no se exige un nuevo registro a los abogados inscritos en el Ministerio de Justicia con anterioridad a la Ley del Ejercicio de la Abogacía.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Contenido de la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- “Artículo 1.
- II.
- IV.
- Artículo 123.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de inconstitucionalidad abstracta y alcance del control normativo de constitucionalidad
- III.2. Test de constitucionalidad
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- CONSTITUCIONALIDAD