Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0224/2014-RCA
Fecha: 01-Sep-2014
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante por medio de su representante, argumenta la lesión de sus derechos a la vida, al trabajo, a la propiedad privada y a dedicarse al comercio; y, los principios de legalidad y seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 13.I, 14.III, IV y V, 47.I, 56,I y II, 115 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia
- I.5 Síntesis de la impugnación
- Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales
- II.2.
- II.2.1. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 del CPCo)