AUTO CONSTITUCIONAL 0301/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0301/2014-CA

Fecha: 01-Sep-2014

I.1. Síntesis de la demanda

Por memorial presentado el 19 de agosto de 2014, cursante de fs. 24 a 29 vta., la sociedad recurrente a través de su representante interpone recurso directo de nulidad; argumentando que por información de terceros, adquirió conocimiento que José Rodríguez, Responsable de Modificaciones de Signos Distintivos del SENAPI -hoy demandado-, emitió Resolución modificatoria     PI-RM-007/2014 de 11 de abril, que cambia la Resolución SNPI-RA 858-2012 de 17 de abril, acto administrativo contrario a la Constitución Política del Estado y las leyes, para que la firma extranjera “HI LIMITED PARTNERSHIP”, que tenía registro para la marca “HOOTERS” en la clase 42 de clasificación “NIZA” para proyectos científicos; se transforme y tenga registro 43 correspondiente a restaurantes, sin que exista una solicitud previa de registro.