Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2014-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2014-ECA

    Fecha: 08-Sep-2014

    2°

    2° ACLARAR DE OFICIO que advertirse la existencia de hechos controvertidos que no pueden resolverse por la justicia constitucional y que ya están siendo conocidos por la jurisdicción ordinaria le corresponde a la misma, adoptar en su caso las medidas precautorias o cautelares que conciernan para proteger los derechos de las partes y de terceros todo ello mientras se tramite dichas causas.

    • Gilberto Montero Rivero
    • I.       CONTENIDO DE LA SOLICITUD
    • y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno
    • II.2.El caso de examen
    • es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
    • 2°

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca