AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0025/2014-ECA
Fecha: 08-Sep-2014
I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD
En el memorial presentado el 29 de agosto de 2014, cursante de fs. 1453 a 1454 vta., la accionante a través de su representante Gilberto Montero Rivero solicita la aclaración, enmienda y complementación de la SCP 1331/2014 de 30 de junio, la cual considera que es “oscura”, exponiendo al efecto lo siguiente:
Realizada la exhaustiva revisión de la Sentencia objeto de la presente solicitud, se estableció que se hubiera revocado la Resolución 44 de 22 de noviembre de 2013, −venida en revisión a este Tribunal− de manera abusiva, poco lógica y contraria a derecho, no correspondiendo la fundamentación realizada a la línea jurisprudencial fijada en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0998/2012 y 1478/2012; asimismo, refirió que la Resolución emitida por el Tribunal de garantías, no fue perjudicial a la “entidad verde olivo”; puesto que la tutela que se otorgaría, sería provisional, en tanto se tramitan los diferentes procesos judiciales en la que es parte su apoderada y accionante, por lo tanto impetra se revoque la Sentencia Constitucional y se conceda la tutela.