SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1706/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1706/2014

Fecha: 01-Sep-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal en liquidación que le sigue la Empresa de Correos de Bolivia (ECOBOL) por la presunta comisión de los delitos de peculado culposo, malversación, cohecho pasivo propio, uso indebido de influencias, beneficios en razón del cargo y encubrimiento, las autoridades demandadas dictaron el Auto Supremo (AS) 234/2012 de 17 de agosto, sin que se haya dispuesto que previamente se resuelva la excepción previa de prescripción de la acción presentada el 28 de abril de 2011; con el AS 234/2012, se le notificó el “4 de diciembre de 2012” y el 5 de ese mes y año, solicitó explicación, complementación y enmienda, siendo resuelto después de mucha insistencia a través de auto complementario de 8 de octubre de 2013, el mismo que no explica, complementa ni enmienda sobre su procesamiento indebido, ni la supresión a sus derechos a la petición, debido proceso y “seguridad jurídica”.

Por otra parte, la Sala Social Administrativa Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia -ahora Tribunal Supremo de Justicia- emitió el AS 168 de 6 de junio de 2011, que se encuentra ejecutoriado, en el proceso que le siguió ECOBOL; es decir, un año y dos meses antes de dictarse el AS 234/2012, el cual motiva la presente acción tutelar, pues junto al auto complementario constituyen resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y las leyes, por lo que se encontraría indebidamente procesado, con el peligro y riesgo inminente de ser privado de libertad si se ejecuta el “Auto de Vista” que le condena a seis años de privación de libertad