SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1755/2014
Fecha: 09-Sep-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que se vulneró su derecho a la libertad, encontrándose ilegalmente detenido, ya que dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, la Jueza demandada, encargada del control jurisdiccional, dispuso su detención preventiva, pese a que un día antes había presentado recusación en su contra, llevando a cabo la audiencia de medidas cautelares, no habiéndose apartado del conocimiento del proceso, tal como lo ordena el art. 321 CPP, razón por la que no podía celebrar dicha audiencia; ello se puso en conocimiento del Tribunal de alzada, ante la existencia de defectos procesales absolutos no susceptibles de convalidación, todos los actos posteriores eran nulos; sin embargo los Vocales demandados manifestaron que sólo podían abocarse en lo referente a la apelación, por lo que desistió de la misma, a efectos de no convalidar dicho acto que le ha privado de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió “parcialmente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro.
- su naturaleza procesal, se establece que se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e inmediación; procede contra cualquier servidor público o persona particular, es decir, no reconoce fueros ni privilegios.
- III.2. Actividad procesal defectuosa
- III.3. La subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo