Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1855/2014
Fecha: 25-Sep-2014
REVOCAR
Por lo expuesto, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 8/2014 de 14 de febrero, cursante de fs. 39 a 42, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; en consecuencia, DENEGAR, la tutela solicitada, conforme a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a. Carencia de abogado defensor impide ofrecimiento de prueba de descargo
- d . Incorrecta inadmisibilidad del recurso de apelación restringida
- concedió en parte
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1. Reglas y sub reglas de improcedencia de la acción de amparo constitucional por subsidiariedad
- III.2.Relevancia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR