Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1869/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.1.
II.1. Según Acta de audiencia pública de cesación a la detención preventiva de 10 de julio de 2013, la Jueza Técnica del Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, Vivian Enríquez Monasterio, rechazó la solicitud de cesación a la detención preventiva, y mantuvo incólume el Auto dictado por la Sala Penal Primera de 10 de enero de 2013 (fs. 307 a 308 vta.). Asimismo, corre en el expediente el voto disidente de la Jueza Técnica del citado Tribunal de Sentencia, Salome Guzmán Terán, por el que dio curso a la solicitud impetrada por la parte acusada (fs. 309).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Excepcionalidad del principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo