SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1879/2014
Fecha: 25-Sep-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante, alega vulneración de sus derechos y garantías constitucionales como: la libertad, el debido proceso y la certeza jurídica, manifestando que la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, incurrió en acciones dilatorias, por cuanto, sin considerar que se halla pendiente una solicitud de cesación a la detención preventiva impetrada el 19 de diciembre de 2013; no obstante, haber reiterado dicha solicitud por memorial del 7 de marzo de 2014, la autoridad jurisdiccional, no señaló audiencia para considerar la misma y menos dispuso orden salida judicial para su respectiva valoración médica bajo el fundamento que previamente, el memorial cuente con firma de la interesada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 12
- III.2. El principio de celeridad y el derecho a la libertad
- III.3. De la solicitud de cesación a la detención preventiva y el señalamiento de audiencia
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo