Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1937/2014
Fecha: 25-Sep-2014
II.3.
II.3. Por Auto de Vista 22/2014 de 11 de marzo, las autoridades demandadas, declararon procedente la apelación formulada y revocaron el Auto 35/2014 de 5 de febrero, manteniéndose incólume la detención preventiva dispuesto en el Auto 84/2013 de 4 de mayo de 2013, debiéndose “…expedir los correspondientes mandamientos de detención preventiva…” (sic) (fs. 11 a 15).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR