AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2015-CA
Fecha: 14-Ene-2015
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2014, cursante de fs. 18 a 26 vta., la accionante manifiesta que, dentro del proceso disciplinario administrativo instaurado en su contra, seguido por el Tribunal Disciplinario Administrativo de la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca, interpone la presente acción demandando la inconstitucionalidad del art. 61 inc. b) del Reglamento de la Carrera Administrativa del Servicio de Educación Pública que señala lo siguiente: “Adoptar con carácter provisional medidas precautorias de cambio temporal de funciones o suspensión con o sin goce de haberes por el tiempo que dure el proceso, cuando sea necesario”.
Refiere que, por la facultad prevista en el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), interpone la acción de inconstitucionalidad concreta, dentro del proceso disciplinario administrativo; toda vez que, el Tribunal Disciplinario Administrativo de la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca, mediante Auto de 17 de noviembre de 2014, admitió la denuncia en su contra, por la presunta comisión de faltas graves prescrita en el art. 52 inc. m) con relación a los arts. 24 incs. a), b), d) y h) y 25 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobada por RM 062/2000.
Asimismo, considera que a causa de la resolución pronunciada en su contra por el Tribunal Disciplinario Administrativo de la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca, se encuentra afectada por la aplicación de la norma prescrita en el art. 61 del Reglamento impugnado, aprobado por la Resolución Suprema 062/2000, que faculta la suspensión de sus actividades laborales sin goce de salario. Además de ser contraria a la Ley Fundamental.
- Tribunal Disciplinario Administrativo de la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.3. Trámite procesal
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Atribuciones de la Comisión de Admisión de este Tribunal
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- Cuando sea presentada de manera extemporánea en los casos que así corresponda, o
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR