SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0029/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0029/2015-S2

Fecha: 16-Ene-2015

II.2.

II.2.  Contra dicha determinación, el accionante, interpuso recurso de apelación presentado el 31 de mayo de 2013, en el cual impugnó los defectos de forma y de fondo, reclamando sobre: i) Su estado de salud y el tratamiento médico prescriptivo que le obligó a retirarse a su domicilio para ingerir alimentos; ii) El valor indiciario de la Resolución Defensorial RD/00001/LPZ/2013 que de ninguna manera puede tener fuerza probatoria; iii) La inadecuada valoración de los hechos que concluyó con la calificación de un incumplimiento negligente, aclarando que realizó los actos fiscales necesarios y pertinentes, expuestos en el informe de la Fiscal de Materia, Verónica Vizcarra Angulo, sobre el caso de NN; iv) La omisión de la Resolución sancionatoria en relación a los actos procesales que no se habrían cumplido durante su ausencia; v) Los actos puntuales que estuvieron a cargo del Fiscal asignado y otros, entre los que se notó que no estampó su firma en algún acta; vi) Su función y control de la investigación que concluyó a horas 18:30, del 12 de febrero de 2012, y continuó a cargo del Fiscal asignado; y, vii) La inexistencia de resolución judicial o administrativa que declare la nulidad de los actos de la investigación       (fs. 190 a 194).