Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0036/2015-S3
Fecha: 15-Ene-2015
III.2. Análisis del caso concreto
Consiguientemente, comprobada la activación paralela de ambas jurisdicciones por la parte accionante, este Tribunal Constitucional Plurinacional, se ve impedido de considerar la problemática en revisión, conforme determina la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional.