SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0160/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0160/2015-S2

Fecha: 25-Ene-2015

I.1.1. Hechos que la motivan la acción

Hace diez años y más, se inició contra él un proceso penal por la supuesta comisión del delito de peculado, prevaricato e incumplimiento de deberes, el mismo que se llevó a cabo, plagado de irregularidades desde la imputación formal; sin embargo, el proceso continuó hasta el “presente año” cometiéndose de igual forma vulneraciones a sus derechos de su representado.

El 30 de diciembre de 2014, se llevó a cabo una audiencia de medidas cautelares a la que su representado se presentó voluntariamente; no obstante, se ordenó su detención preventiva arbitrariamente y sin motivo legal, encontrándose injustamente detenido hasta la interposición de la acción, en la cárcel de Riberalta, en un ambiente pequeño, no pudiendo ni salir al baño y menos desplazase por el riesgo permanente a su vida, ante las amenazas y atentados constantes contra su integridad física por parte de la población carcelaria hacinada, muchos de ellos detenidos por orden suya.

Se evidenció la temeridad en su detención, ya que no concurre ninguna de las causales previstas por los arts. 234 y 235 del Código de Procedimiento Penal (CPP); los jueces demandados, anteriormente fueron procesados mediante acción de libertad, encontrándose evidentes las denuncias de vulneración al debido proceso y falta de transparencia e imparcialidad en sus actos, puesto que su conducta tendenciosa estaba evidentemente dirigida a perjudicar a                   su representado.