AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0274/2015-RCA

Fecha: 13-Oct-2015

improcedencia

En el presente caso, por Resolución 270/2015 de 8 de septiembre, cursante de fs. 15 a 16 vta., el Tribunal de garantías declaró la improcedencia in limine de la acción de amparo constitucional fundamentando que: i) El accionante no demostró documentalmente haber interpuesto los recursos de revocatoria y jerárquico agotando la vía administrativa ante la autoridad competente, reclamando la violación de sus derechos y garantías constitucionales políticos electorales en procura de precautelar los mismos; ii) La presente acción tutelar fue interpuesta el 7 de septiembre de 2015, el mismo día del acto eleccionario resultando tardía la presentación, por lo que, el accionante debió haber activado los medios legales para su tramitación, observando el tiempo y naturaleza de la misma, dejando prelucir sus derechos; y, iii) No puede argumentar su negligencia como agravio, no siendo en esta oportunidad aceptable su pretensión, por haber precluido su derecho a tal reclamo.