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    AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2015-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0277/2015-RCA

    Fecha: 13-Oct-2015

    I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    El ente accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso y a la defensa, citando al efecto los arts. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y, 8 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
    • debe agotar todos los recursos ordinarios que la ley le franquea; dado que no corresponde a la justicia constitucional pronunciarse sobre aspectos que deben ser considerados y en su caso reparados en las vías
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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