Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2015-RCA
Fecha: 20-Oct-2015
Fragmento 3
Solicitan se conceda la tutela, disponiendo: a) La nulidad de las Resoluciones 691/2013 y 40/2014; b) Que las decisiones del proceso estén conforme los datos que arroja el interdicto de recobrar la posesión y acorde a sus facultades, sin distorsionar la relación fáctica y el petitorio; y, c) Así también como medida cautelar impetra la anotación preventiva en la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.), sobre la prohibición de disposición del inmueble objeto del interdicto de recobrar la posesión.