AUTO CONSTITUCIONAL 0381/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0381/2015-CA

Fecha: 20-Oct-2015

normas jurídicas de alcance general

De lo expuesto, se infiere que el control de constitucionalidad sólo recae sobre las disposiciones legales que tengan como contenido material normas jurídicas de alcance general; de lo contrario, no sería posible realizar un test de constitucionalidad. Lo que significa que una Resolución emanada de autoridad pública competente para resolver un caso concreto no forma parte de las disposiciones legales objeto del control de constitucionalidad, y por consiguiente, no puede ser impugnada mediante el recurso directo de inconstitucionalidad.

…Conforme a la jurisprudencia precedentemente citada, el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad presentado por el Diputado Wilson Beimar Magne Hinojosa no reúne las condiciones de admisibilidad, puesto que se plantea a este Tribunal que ejerza control de constitucionalidad sobre la OM del G.M.L.P. 25/2002, elevada a rango de Ley el 10 de agosto de 2005 a través de la Ley 3137, que declara área protegida al bosquecillo de Auquisamaña, sin considerar que esos terrenos son de propiedad privada del Jockey Club La Paz" .