DCP 0192/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0192/2015

Fecha: 19-Oct-2015

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Uno de los principales mecanismos efectivos para alcanzar los acuerdos, indudablemente, es la democracia entendida como el diálogo entre los diferentes con el horizonte de construir la unidad sobre la base de la diversidad. En este sentido, se explica la configuración de la naturaleza jurídica y política del Estado, misma que normativamente, se encuentra establecida por el art. 1 de la Constitución Política del Estado (CPE). Bolivia como un Estado Unitario, ocupa un determinado territorio donde se encuentra asentada su población humana. De esto emergen los principios de integridad territorial y soberanía popular que sustentan la organización del Estado. El Estado Social de Derecho se caracteriza por la protección de los derechos sociales, en el marco de los valores constitucionales de igualdad, igualdad de oportunidades, inclusión, dignidad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía y equilibrio. Del art. 1 de la Norma Suprema, deriva la comprensión del contenido del Estado Plurinacional, cuyas principales características, desde el entendimiento del constitucionalismo el país, que emergió del poder constituyente, son las siguientes: 1) El reconocimiento constitucional de los derechos fundamentales colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y de los que emergen de la tradición liberal; 2) El reconocimiento del sistema jurídico sustentado en el principio del pluralismo jurídico igualitario y la interculturalidad; 3) La organización del poder público del Estado se fundamenta en los principios de independencia, separación, coordinación y cooperación; y, 4) El reconocimiento de la estructura y organización territorial del Estado con autonomías.