DCP 0192/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DCP 0192/2015

Fecha: 19-Oct-2015

II.1.  La democracia plural como fundamento del Estado Plurinacional con autonomías

El principio de la democracia plural surge de la realidad social concreta y compleja del país. En esta perspectiva, tanto los acuerdos como los desacuerdos emergentes de las relaciones e interrelaciones sociales, se constituyen en los elementos centrales del proceso de construcción y consolidación de la democracia como forma de organización de la sociedad en Estado. Bajo ese concepto, antes de que se instalara la Asamblea Constituyente de 2006, surgió la intensidad de los desacuerdos por la adopción e implementación de medidas sociales y políticas tendientes a reorganizar las instituciones públicas sobre la base de diferentes posiciones. En el contexto de esta preocupación, surge el acuerdo mínimo relacionado con la necesidad de construir una sociedad comunitaria y plural donde se garantice el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de carácter individual, individual-colectivo de tendencia liberal y los colectivos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.