DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2015
Fecha: 29-Oct-2015
3°
3° Disponer que el órgano deliberante del Gobierno Autónomo Municipal de Betanzos, adecúe el proyecto de Carta Orgánica a todas las consideraciones establecidas en la presente Declaración Constitucional Plurinacional, sin modificar el resto del proyecto, tanto de la versión original como de su reformulación, observando los principios, valores y fines establecidos en la Constitución Política del Estado.
Al efecto, deberá considerar que la existencia de nuevas regulaciones o la modificación inconsulta de aquellas que fueron sometidas al control previo de constitucionalidad, motivará la conclusión extraordinaria del presente proceso de control y el correspondiente archivo de obrados, debiendo el estatuyente gestionar un nuevo trámite similar cuando considere pertinente.
- constitucionalidad
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- se infiere que el examen siguiente, solo recaerá sobre aquellas regulaciones declaradas incompatibles, dado el carácter concordante de aquellas otras previsiones del proyecto original declaradas compatibles con la Constitución Política del Estado.
- III.2.
- Artículo 19. (CONCEJO MUNICIPAL).
- compatibilidad
- Control previo de constitucionalidad
- 3°