SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, constituida en Tribunal de garantías mediante Resolución 04/2015 de 9 de abril, cursante de    fs. 26 vta. a 29, denegó la tutela impetrada, fundamentando que: a) Si bien la imputación y del Auto de Vista 28/2015 cuestionado, no se especifican las fechas en las que los hechos ocurrieron, se debe tener presente que conforme al art. 293 del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA) existían indicios suficientes, para presumir la comisión del hecho, conforme a la narración de la víctima, no siendo factible así dar curso al incidente planteado; y, b) Lo que pretende la parte accionante es una formalidad, porque a pesar de que el Auto de Vista 28/2015 es escueto, bajo el principio de evitar una excesiva rigurosidad, es importante considerar que según la doctrina, sólo es factible la nulidad cuando existe perjuicio, en el interés jurídico de su declaración, mientras que conforme lo estableció la Jueza a quo y el Tribunal de Alzada, el incidente no tiene la consistencia para invalidar lo obrado, porque el imputado estuvo permanentemente asistido de abogados, participando activamente de todo lo actuado.