SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2015-S1

Fecha: 13-Oct-2015

I.2.2. Informe de los demandados demandada

Adolfo Irahola Galarza, Vocal de la Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, mediante informe escrito cursante a fs. 9 y vta., refirió que el Auto de Vista 28/2015, contiene la debida motivación y fundamentación al contener las razones por las cuales el Tribunal de alzada al que pertenece, declaró sin lugar el recurso planteado confirmando la Resolución impugnada, no evidenciándose los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Estado.

María Cristina Díaz Sossa, Vocal de la Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, presenta informe cursante a fs. 10 y vta., mediante la cual manifestó que el Auto de Vista 28/2015, se explica por sí mismo, siendo emitido dentro del marco legal, conforme lo establece el art. 115.II de la CPE, estando debidamente motivado y fundamentado, no advirtiéndose así lo cuestionado.