Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0943/2015-S1
Fecha: 13-Oct-2015
II.1.
II.1. El 2 de abril de 2015, a horas 13:45, mediante cedula, la parte accionante fue notificada con el Auto de Vista 28/2015 de 27 de marzo, a través del cual las autoridades demandadas determinaron declarar sin lugar el recurso de apelación planteado, confirmando en consecuencia la Resolución emitida por la Jueza inferior el 22 de diciembre de 2014 (fs. 2 a 3 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los demandados demandada
- denegó
- 1)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
- La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta
- III.3.
- CONFIRMAR