Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2015-S3
Fecha: 07-Oct-2015
Fragmento 10
Al respecto, la SCP 0744/2015-S3 de 29 de junio, señaló que: “La sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, deviene por la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron su activación; porque la violación o amenaza de violación del derecho cesó; y consecuentemente el hecho denunciado, ha dejado de vulnerar las garantías o derechos constitucionales; debido al cumplimiento del acto reclamado; con su consecuente restitución.