SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2015-S2

Fecha: 06-Oct-2015

denegó

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 11 de 5 de marzo de 2015, cursante de fs. 176 a 177 vta., denegó la acción de amparo constitucional, con los fundamentos que el Acuerdo 121/2014 en su art. 20, establece que el recurso de revocatoria se plateará dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo. En el presente caso, la accionante no presentó su recurso de revocatoria dentro del término previsto en la normativa reglamentaria citada.