SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0971/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0971/2015-S3

Fecha: 12-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Recientemente tomó conocimiento de que su bien inmueble fue incautado por Resolución 242/2011 de 5 de junio, emitida por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, quien actuó de turno, y que el 14 de enero de 2014 se habría procedido a la anotación preventiva del mismo, el cual se encuentra ubicado en la Avenida Brasil, manzano “7”, lote 17 zona ampliación de San Martin de Porres.

En razón a que dicha disposición vulneró sus derechos fundamentales, en aplicación de los arts. 255 y 314 del Código de Procedimiento Penal (CPP) el 5 de enero de 2015, planteó incidente de calidad de los bienes ante el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del mismo departamento -ahora demandado- donde se sustanció la etapa preparatoria del proceso penal y de donde se remitió actuados al Tribunal Cuarto de Sentencia Penal del citado departamento, mismo que a la fecha de interposición de esta acción, no tiene sentencia.