SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0973/2015-S1
Fecha: 19-Oct-2015
i)
A continuación la Trabajadora Social señaló: i) El 13 de marzo de 2015, se hizo presente la accionante indicando que quería dejar a las menores al cuidado del progenitor; ii) En “fecha 9” (sic) pidió que el padre las recoja de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen y la Violencia (FELCV); iii) Posteriormente, revisaron a las menores, quienes presentaban manchas en la espalda y en la oreja, por ello las llevaron al Albergue “24 Horas”, una de ellas indicó que la herida de su oreja le había causado su madre; iv) Al día siguiente, ambos progenitores tuvieron una pelea en la cual la accionante tenía sangre en la nariz y la abuela paterna tenía una marca de haber sido rascada en la cara, fue por ello que se procedió al rescate de las niñas y fueron llevadas al Albergue “24 Horas” y desde ese momento se procedió a la investigación; y, v) En la última entrevista sostenida con la accionante, quien manifestó que prefería que sus hijas estén en el referido Centro de Acogida.