SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2015-S2
Fecha: 08-Oct-2015
denegó
El Juez Tercero de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 011/2015 de 25 de marzo, cursante de fs. 25 a 26, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) Se advierte que en el Juzgado Segundo de Partido y Sentencia de El Alto, se llevó a cabo la audiencia de acción de libertad interpuesta por el hoy accionante contra el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, donde se dictó la Resolución 09/2015, mediante la cual se ordenó que el Juez demandado autorice al imputado el cambio de domicilio, lo que dio lugar a que dicha autoridad, en audiencia de 19 de marzo de 2015, cumpla tal determinación, empero dicha medida no fue efectivizada hasta la fecha de la audiencia de la presente acción tutelar; y, ii) El incumplimiento que alega el accionante respecto al cambio de domicilio para cumplir la detención preventiva deviene y guarda relación con la Resolución 09/2015, asumida por la Jueza Segunda de Partido y Sentencia, al resolver la acción de libertad, pues aunque indique que no esta solicitando el cumplimiento de la anterior acción de libertad; sin embargo, el núcleo de su petición radica en que el incumplimiento del Juez demandado impide el cambio de domicilio, por lo que el accionante debe acudir ante el Juzgado Segundo de Partido y Sentencia de El Alto, haciendo conocer el incumplimiento de su determinación, pues no debió acudir a la acción de libertad para pedir el cumplimiento de la Resolución de acción de libertad emitida por otro Juez de garantía, conforme a lo previsto en el art. 40.II del Código Procesal Constitucional (CPCo).