Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0980/2015-S2
Fecha: 08-Oct-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera lesionados sus derechos a la vida, a la salud y a la seguridad jurídica, toda vez que la autoridad demandada, si bien autorizó el cambio de domicilio, empero ordenó que previamente, por secretaría de su despacho, se proceda a la verificación, la cual, al no haberse llevado a cabo por influencia del propio Juez, impidió que se efectivice dicho cambio de domicilio.