SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0983/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0983/2015-S1

Fecha: 19-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 10 de abril de 2015, se fijó su audiencia de revocatoria de medidas sustitutivas, a la cual no pudo asistir por encontrarse imposibilitado físicamente; por lo que, presentó certificado médico particular misma que documentaba su impedimento físico, solicitando se suspenda la referida audiencia; el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, mediante decreto le otorgó el plazo de tres días para que la certificación sea avalada por un médico forense, está determinación judicial mereció la interposición de un recurso de reposición con el argumento de no haber manifestado su fundamento para tal disposición; puesto que, no se puso en duda la autenticidad del certificado médico que presentó; razón por la cual, no correspondía pedir su homologación; el recurso de reposición carece de una correcta valoración; por tal motivo, no fue resuelto de forma favorable y lo declaró rebelde sin haber sido notificado con la providencia contenida en el acta de audiencia de revocatoria, tampoco transcurrió el plazo otorgado, librándose así mandamiento de aprehensión en su contra.