SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2013-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0994/2013-S2

Fecha: 14-Oct-2015

Fragmento 21

En necesario puntualizar, que el art. 49.III de la CPE, establece que: “El Estado protegerá la estabilidad laboral, prohibiéndose el despido injustificado y toda forma de acoso laboral”; esta protección estatal se manifiesta en la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 078/2014; sin embargo, dicha Resolución ha sido incumplida por la parte demandada,  vulnerando flagrantemente lo establecido por el artículo precedentemente señalado, actuación que necesariamente la concesión de la tutela solicitada por la parte accionante, en los mismos términos dispuestos por el Tribunal de garantías.