Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2015-S2
Fecha: 15-Oct-2015
II.2.
II.2. El accionante, ante la negativa precedente, interpuso acción de libertad contra la autoridad jurisdiccional que le fue concedida, disponiendo el Tribunal de garantías que la autoridad judicial demandada convoque dentro de los tres días a las partes a audiencia sobre la petición de autorización de viaje (fs. 21 24).