SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En diciembre de 2012, mediante contrato verbal ingresó a trabajar como obrero en la Empresa Constructora y Consultora PERTT-1 S.R.L. y en la gestión 2013; en mérito a su responsabilidad y destreza fue ascendido al cargo de operador; empero en mayo de 2014, al cumplir con sus labores dentro de la Empresa, sufrió un accidente con la maquinaria pesada y por “Memorándum Nº 01/2014” (sic), fue reincorporado a su fuente laboral, sin embargo le disminuyeron el sueldo y le asignaron otras funciones, por lo que tuvo que desempeñarse como sereno y Encargado de Almacenes, llegando a trabajar hasta veinticuatro horas. Posterior a ello y al considerar que se trataba de un despido indirecto, acudió ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, que emitió la Conminatoria          J.D.T.T. 11/15 de 27 de enero de 2015, en mérito a la cual Luis Franco Huarachi, en su calidad de representante de la aludida Empresa Constructora, debía proceder a asignarle al cargo que ocupaba y con el mismo sueldo que percibía de Bs3000.- (tres mil bolivianos), por gozar del beneficio de inamovilidad laboral, ya que tiene una hija que no cumplió el año de nacida; la referida Conminatoria no fue acatada pese a ser de conocimiento del ahora demandado. Asimismo, denunció que no recibió los subsidios de prenatalidad,  natalidad y lactancia, situación que es contraria a los derechos de los trabajadores.