SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1045/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1045/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

denegó

El Juez Primero de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, por Resolución 20/2015 cursante de fs. 37 a 39, denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: i) La uniforme jurisprudencia constitucional, establece un mecanismo procesal penal para denunciar los supuestos actos irregulares de la investigación y las ilegalidades de la aprehensión y las imputaciones que no estén debidamente fundamentas la SCP 186/2012 indicó “…Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso de investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de Turno. En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesa, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella, donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que desempeña como Juez Constitucional en el control de la investigación (sic)”; y, ii) Existiendo Resolución de imputación formal, en conocimiento del Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento referido, con audiencia señalada para las 10:00 del día en curso refiriéndose al mismo día de la audiencia de consideración de la acción de libertad, la accionante debe demostrar ante aquella autoridad la ilegalidad de la aprehensión o de la Imputación Formal, quien con plena autoridad resolverá conforme al art. 54.1 del CPP.