SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1046/2015-S1
Fecha: 30-Oct-2015
denegó
La Jueza Cuarta de Partido Liquidador de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 3/2015 de 21 de mayo, cursante de fs. 38 a 40, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) En el presente caso, se tuvo que considerar los factores que justificaron la prorroga en los plazos procesales ajenos a la voluntad del juzgador; ii) La audiencia se llevó a cabo el 18 de mayo de 2015, en el Centro de Rehabilitación de Qalauma de Viacha y la autoridad demandada tiene asiento judicial en la localidad de Palos Blancos, lugar distante a donde se llevó la audiencia de cesación a la detención preventiva, habiendo cumplido con la diligencia de notificación de la Resolución emitida a los accionantes en la misma audiencia, pero a los demás sujetos procesales como la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, la víctima y el representante del Ministerio Público, fueron notificados en forma posterior en la localidad de Palos Blancos el 20 del referido mes y año, sin cuyo cumplimiento no pudo remitirse la apelación al tribunal de alzada; y, iii) En el cuaderno de investigación cursa un oficio de remisión de fotocopias legalizadas en grado de apelación, al presidente y vocales de la sala penal de turno, con cargo de presentación de 21 de mayo de 2015, con lo que se dio el trámite correspondiente al tenor del art. 251 del CPP, y encontrándose el caso en conocimiento y bajo jurisdicción de la autoridad competente, imposibilita el pronunciamiento sobre la cuestión de fondo planteada y disponer la libertad de los accionantes.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. La apelación incidental de medidas cautelares como mecanismo de impugnación
- III.4. El principio de celeridad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR