SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2015-S2

Fecha: 20-Oct-2015

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Ana Gloria Rojas Flores, Jueza Décima de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito cursante de fs. 35 a 36, indicó que en cumplimiento del art. 324 del CPP, que señala que en caso de no existir querellante, el fiscal de materia debe remitir de oficio las actuaciones al superior jerárquico, para que dentro del término de cinco días se pronuncie, confirmando o revocando el sobreseimiento y velando por el debido proceso, su autoridad ordenó se remitan antecedentes ante el Fiscal Departamental; además, se debe tener en cuenta que el requerimiento fiscal de sobreseimiento no se encuentra ejecutoriado.